El pasado 17 de marzo el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros un Real Decreto con el fin de implementar nuevas medidas económicas para afrontar la crisis del COVID-19. Entre ellas, se encontraban los Expedientes de Regulación Temporales de Empleo. Por ello, en este post te voy a contar cómo afectan los ERTE en clínicas dentales, así que, si estás interesado en este tema, te recomiendo seguir leyendo. ?
Contenido de la página
Diferencia entre ERE y ERTE
A diferencia del ERE, que, tal y como indica el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, está definido como despido colectivo, el ERTE significa la suspensión de los contratos de forma temporal o la reducción de la jornada.
Mientras que un ERE se traduce en el despido para siempre del empleado, aplicar un ERTE en tu clínica dental querrá decir que la salida del trabajador de ella es limitada en el tiempo. Por lo tanto, si realizas un ERTE en tu centro odontológico tendrás que readmitir al empleado después de que concluya el periodo temporal estipulado, sin que el trabajador reciba ningún tipo de indemnización.
Además, independientemente de que se trate de una reducción de jornada o de una suspensión completa del contrato, el empleado podrá solicitar la prestación por desempleo, a la cual tendrá derecho, aunque no cumpla con el periodo de cotización.
¿Pueden realizar un ERTE todas las clínicas dentales?
Indistintamente del número de empleados que haya contratados en tu centro odontológico, podrás aplicar el ERTE a una parte de la plantilla o a toda, basándote en motivos de fuerza mayor a causa de la epidemia del COVID-19 y, en particular, en el contagio masivo.
Asimismo, al realizar un ERTE en clínicas dentales se puede alegar a la ausencia de material necesario para seguir desarrollando la actividad profesional de manera responsable; es decir, obedeciendo a los protocolos y medidas de prevención de riesgos laborales para tus trabajadores. Entre este material se encuentran mascarillas, guantes, gafas, bata, gorro, etc. Ten en cuenta que como propietario de clínica dental tienes la obligación de garantizar a tus empleados su seguridad y salud en su puesto de trabajo.
En cuanto a la duración del ERTE en clínicas dentales, determinar un tiempo exacto es una tarea difícil, puesto que no se sabe con certeza cómo se va a desarrollar la situación durante las próximas semanas. Por ello, lo más aconsejable es establecer un período mayor al implementado por el Gobierno con el estado de alarma. De esta forma, si la crisis del COVID-19 se resuelve antes, podrás pedir a tus trabajadores que regresen a la clínica antes del plazo establecido en el ERTE.
Al tratarse de una causa de fuerza mayor como la crisis del COVID-19, la Seguridad Social exime al empresario del pago de la Seguridad Social de los trabajadores mientras dure el periodo del ERTE. En el caso de las empresas de menos de 50 empleados, del total; y en el caso de las que tienen más de 50 trabajadores, del 75%.
Desde Ascensium Consultores ponemos a tu disposición nuestro servicio de consultoría de forma gratuita para afrontar estos difíciles momentos. Mucho ánimo: ¡juntos vamos a superar esta situación!
Si quieres conocer más información, te invitamos a contactar con nosotros: ¡estaremos encantados de resolver tus dudas!
Recuerda que puedes participar a través de tu comentario y también solicitar asesoramiento totalmente gratuito.
Además, puedes participar en nuestros cursos presenciales y online durante todo el año en España.
¡Recibe un cordial saludo! ?
Puede jubilarse el propietario de una clínica dental después de hacer un erte